Todo lo que debes saber para beneficiarte de la ley de startup

Pendiente de la aprobación definitiva que pondrá punto final al trámite parlamentario, se puede decir que el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como la Ley de Startups, está ya preparada para su publicación en el BOE y entrada en vigor.

Tras su aprobación en el Congreso de los Diputados el 3 de noviembre de 2022, el pasado 23 de noviembre, el Pleno del Senado ratificaba, con algunas modificaciones, el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. La Ley de Startups ha sido ya aprobada de manera definitiva en el Congreso que ahora tendrá que ser sancionado y promulgado por el Rey para que se publique posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La ley entrará en vigor al día siguiente de dicha publicación.

En total han sido 72 las enmiendas presentadas en el proceso de tramitación que han ido modificando el texto original. Sin poder descartar que vuelvan a introducirse pequeños cambios, esto es todo lo que, como emprendedor, te interesa saber de la Ley de Startups.

1.-Qué entiende la ley por una startup

Uno de los principales escollos en el articulado de la ley fue definir el concepto de startup que, en cualquier caso, debería ceñirse a algunos criterios básicos: empresa innovadora de nueva creación y con un modelo de negocio escalable. Luego ya, dependiendo de si lo que se quería impulsar era el nacimiento de startups nuevas o el crecimiento de las ya establecidas, habría que establecer los márgenes.

Requisitos

Al final parece que los legisladores que inclinaron por apoyar en las primeras fases. Así, las startups a las que se dirige la ley son las empresas emergentes, con una antigüedad máxima de cinco años desde su constitución y de siete años en el caso del sector de biotecnología, energía, industrial u otros según avance el estado de la tecnología.

Otros requisitos que se establecen son:

Independencia: No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.

Sede Social: Deberán tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España. 

La plantilla: El 60% de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria. 

Carácter innovador: Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.

No estar cotizada: No cotizar en un mercado regulado ni distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.

De base tecnológica. Se especifica también que se entiende por empresa de base tecnológica aquella cuya actividad requiere la generación o un uso intensivo de conocimiento científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos, procesos o servicios y para la canalización de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación y la transferencia de sus resultados. 

Empresa emergente. Para la condición de empresa emergente se considerará la inscripción de la organización en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas competente.

Emprendedores en serie. En lo que respecta a los emprendedores en serie, el texto inicial contemplaba la posibilidad de que pudieran acogerse hasta tres veces a la ley si los fundadores eran los mismos, un límite que al final ha sido eliminado a propuesta del Senado por entender que las probabilidades de acierto de un emprendedor en serie son mayores que de las de uno nuevo.

Respetuosas con el medio ambiente. Otra advertencia interesante que hace la ley y que a veces pasa desapercibida es que la empresas que ejerzan un daño significativo sobre el medio ambiente, quedarán excluidas de estos beneficios.

2.-Qué organismo decide si entras o no en los beneficios de la ley

Recae sobre la Empresa Nacional de Innovación S.A. (Enisa) la responsabilidad de certificar aquellas startups que se ajustan a la norma. Se trata de aprovechar la experiencia que acumulan ya los técnicos de Enisa a la hora de valorar empresas de carácter innovador en su misión principal correspondiente a la concesión de préstamos participativos de apoyo a la pyme innovadora.

Enisa, será pues, el organismo que se encargue de poner el ‘sello’ de startup para lo que “dispondrá de los recursos necesarios para desplegar un procedimiento sencillo, rápido y gratuito para el emprendedor”. Para evitar posibles cuellos de botella, se concede a Enisa la opción de establecer acuerdos “con terceras entidades colaboradoras, categoría en la que se encuentran las entidades de las Comunidades Autónomas, para la realización de actividades relativas a la tramitación, gestión documental, difusión y seguimiento de la solicitud relativa a este procedimiento”.

Silencio administrativo positivo

Lo de evitar posibles cuellos de botella es importante en este caso porque otra de las cláusulas que establece la ley es el silencio administrativo positivo. Conforma a este, Enisa dispondrá de un plazo de tres meses para pronunciarse desde la fecha en que recibe la solicitud debidamente cumplimentada para acogerse a los beneficios de esta ley. Si transcurrido ese tiempo no se ha recibido respuesta, se entenderá que la resolución es afirmativa. 

No obstante, recuerda José Bayón López, Consejero Delegado de Enisa, que disponen de un periodo de seis meses para adaptar la organización a esta nueva encomienda por lo que el efecto de la aplicación del silencio administrativo no será inmediato.

Acotar el margen de subjetividad

Asimismo, para evitar el margen a la subjetividad a la que se prestan conceptos como el de modelo de negocio escalable y grado de innovación, Enisa colaborará con otros Ministerios y organismos que acoten los criterios a aplicar. En principio, la ley recoge una serie de criterios mínimos a tener en cuenta entre los que se encuentran el gastos en I+D+i, la tracción generada en el mercado, la facturación anual o el volumen de clientes o usuarios, entre otros.

Seguimiento

Una vez obtenida la certificación de startup, se hará un seguimiento para ver si la organización respondo y mantiene los requisitos que le reconocieron los beneficios fiscales y sociales.

Quedarán privadas de esta consideración aquellas empresas que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; las condenadas por sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios o delitos de blanqueo de capital, entre otros; y aquellas que hubiesen perdido la posibilidad de contratar con la Administración.

La norma reconoce la capacidad de la Agencia Tributaria para comprobar si se cumplen y mantienen vigentes los requisitos necesarios para beneficiarse de los incentivos fiscales y eleva el umbral de la penalización prevista para revertir estos beneficios cuando haya una condena a uno de los socios, que solo se aplicaría si el condenado cuenta con al menos un 5% del capital.

3.-Agilidad administrativa

Ventanilla única para emprender. La ley centraliza las gestiones administrativas mediante una ventanilla única.

Tiempo de constitución. Si antes la apertura de una empresa de nueva creación requería un tiempo medio de entre 10 y 15 días, ahora podrá hacerse en 6 horas si se usan estatutos tipo, en otros casos será de hasta 5 días hábiles como máximo.

De forma telemática. La creación de la empresa se hará a través de medios telemáticos, sin requerir de trámites presenciales. Será suficiente con un solo paso a través del Documento Unico Electrónico (DUE)

Pago de aranceles. Se establece la gratuidad de aranceles en cuanto a notarios y registradores en: La constitución de nuevas sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).

Coste. Se podrá montar una Sociedad Limitada al coste de 1€ cuando antes el mínimo para la constitución eran 3.000€. Esta medida llega relacionada con la Ley Crea y Crece.

Pactos de socios: Se procura que los pactos de socios se puedan inscribir en el registro mercantil. Esta medida dará mayor seguridad a los inversores que pasan a formar parte del accionariado.

Startups de estudiantes. En este sentido, se entienden las startups como herramienta pedagógica encaminada a fomentar el espíritu emprendedor. Estas tendrán una duración limitada a un curso escolar prorrogable a un máximo de dos cursos escolares. Se constituirá, mediante el sistema del Centro de Información y Red de Creación de Empresas, por la organización promotora del programa de estudios correspondiente, lo que permitirá a la misma realizar transacciones económicas y monetarias, emitir facturas y abrir cuentas bancarias. 

Consideraciones de tipo territorial. También a instancias del Senado se tratará de dar mayor peso al emprendimiento en ciudades más allá de Madrid y Barcelona así como potenciar el uso de innovaciones tecnológicas, bienes y servicios tecnológicos en las zonas rurales y entornos menos poblados, haciendo un mayor hincapié en la definición de “territorio rural inteligente”.

4.-Los beneficios fiscales

Tributación de las empresas emergentes. Se reduce el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% durante el primer ejercicio con base imponible positiva y en los tres siguientes desde su fecha de creación siempre que se mantenga la condición citada.

Aplazamiento de la tributación de una empresa emergente. Se permite el aplazamiento de la deuda tributaria del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente. Y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los dos años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. 

El ingreso de la deuda tributaria aplazada se efectuará en el plazo de un mes desde el día siguiente al de vencimiento de cada uno de los plazos señalados, sin que tenga lugar el devengo de intereses de demora. 

Asimismo, se eliminan durante tres años la doble cotización a la Seguridad Social en el caso de pluriactividad para autónomos, una opción que antes no existía. 

5.-Captación y fidelización del talento 

La ley introduce también una serie de medidas que favorecen a los trabajadores de las startups al objeto de hacerlas atractivas para los profesionales.

Las ‘stock options

En este apartado la medida estrella corresponde a las stock options. Las opciones de compra de acciones, o stock options, sirven a las startups como herramienta de pago inicial para la configuración de los equipos y poder contratar así el talento que necesitan. La principal novedad es que la ley eleva el importe de la exención de tributación de las opciones sobre acciones de 12.000 euros, como ocurre con las empresas no emergentes, a 50.000 euros anuales.

Otra diferencia que se establece entre las empresas no emergentes y la emergentes, que subraya Luis Ruano Marrón, CEO de Ricari, compañía de inversión basada en La Rioja y director del equipo GEM La Rioja  es que mientras que en las primeras existe la obligación de repartir stock options entre todos los empleados de la compañía, en las emergentes pueden asignarse a discreción, es decir, solo a aquellos perfiles profesionales que la organización considere de especial interés.

Asimismo, en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada para ejecutar un plan de retribución de hasta el 20% para su entrega a administradores, empleados o colaborador. Se retrasa el pago fiscal hasta el momento en que se produzca la venta de dichas participaciones o la sociedad salga a bolsa. 

Atraer talento externo

La Ley habla de los atractivos que ofrece España, como país, para atraer a talento externo. Cita, entre otras bondades nacionales, el clima, la forma de vida, la seguridad ciudadana y la gastronomía y cultura.  Más allá de estos tópicos se mencionan otros como que somos el primer país europeo en cuanto a despliegue de fibra óptima, un interesante clúster de investigación y desarrollo tecnológico o el nivel de las Universidades.

Como medida práctica se potencian beneficios de la ley de startups a los nómadas digitales entendiendo por ello emprendedores y profesionales que teletrabajan y deciden hacerlo en nuestro país. Estos contarán con una categoría de visado diseñado específicamente para ellos con validez para un año. La ley favorece la obtención del visado y la residencia a trabajadores altamente cualificados de startups así como a trabajadores españoles no residentes durante al menos cinco años.

Con el objetivo de repatriar talento tanto nacional como extranjero, se relajan los requisitos generales para acceder a este régimen pasando de los 10 años que se exigían antes a 5 años el requisito de no residencia previa en España.

Se mejora también el tema de los visados y se facilita la autorización de residencia para estudiantes universitarios, de FP en grado superior y escuelas de negocio.

6.-Para impulsar la inversión

El objetivo aquí es favorecer la fiscalidad de los inversores. Así la deducción por inversión en empresas de nueva creación se incrementa del 30% actual al 50%. Así mismo,  la base sobre la cual se aplica aumenta de 60.000 € a 100.000 € siempre y cuando los fondos propios de la compañía sean menos de 400.000 € y hasta un plazo de entre 5 y 7 años para suscribir las acciones. “Esto hace pensar que va a existir una mayor cantidad de business angels porque beneficia sustancialmente su beneficio fiscal al respecto”, entiende Luis Ruano Marrón.

La inversión extranjera

En cuanto a la inversión extranjera, se reducen los requisitos burocráticos para los inversores que no vayan a residir en España. Estos ya no estarán obligados a obtener el Número de Identidad de Extranjero (NIE), facilitando la solicitud electrónica del número de identificación fiscal (NIF), requisito imprescindible para materializar y documentar la inversión. 

 Asimismo, se favorece la equivalencia de los documentos emitidos en otros países. En numerosas ocasiones, los inversores extranjeros actúan a través de un representante. 

También se mejora lo que se conoce como el ‘carried interest’ (la participación en los beneficios) de los gestoresde los vehículos de inversión reduciéndoselo al 50% del importe

La equiparación a la tendencia de los países del entorno, con condiciones, del sistema de retribución a gestores de fondos de inversión al completar una desinversión, con una reducción del 50% sobre la renta del trabajo que iguala la fiscalidad a la renta del ahorro.

7.-Revisión de la ley y seguimiento

En este sentido se habla de crear un Foro Nacional de Empresas Emergentes con participación de entidades públicas y privadas para la evaluación continua; la creación de la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE) como punto de información y la elaboración, por parte del Gobierno, de un informe anual sobre la aplicación de la ley cuyos resultados se elevarán a las Cortes Generales y encarga a la Autoridad Independientes de Responsabilidad Fiscal  (AIReF) elaborar un informe con todas las ayudas públicas disponibles para informar al ecosistema emprendedor y evitar duplicidades.

Una ley muy celebrada

En líneas generales, hay de decir que la Ley de Startups ha sido muy aplaudida por el ecosistema emprendedor nacional hasta el extremo de celebrarla a través de un vídeo conjunto en el que participan algunas de las figuras más relevantes del emprendimiento.

María Benjumeafundadora de South Summit ha calificado la norma como la ley de la innovación y del talento cualificado. Es justo lo que necesitamos para responder al momento económico trepidante que vivimos”. Además, Benjumea agradece que esta ley sea “una ley de consenso que llevamos trabajando todos los actores involucrados en el ecosistema emprendedor desde hace mucho tiempo”. 

Debemos agradecer a todas las fuerzas políticas haber trabajado hasta el último instante por tener la mejor ley y por incorporar una figura tan importante como es en este momento el emprendedor en serie”, finaliza Benjumea. 

Necesitábamos un marco normativo que no solo nos equiparase con Europa, sino que nos pusiera en la vanguardia de la innovación y de ahí la necesidad de esta ley”, afirma Carlos Mateo, presidente de la Asociación Española de Startups, quien también asegura que la nueva ley permitirá a nuestras startups ser aún más competitivas a la hora de atraer talento e inversión internacional”.

Javier Megías, vicepresidente de Startup Valencia y EMEA Fund Managing Partner de Plug and Play, resalta, por su parte, que las stock options son una de las mejores herramientas para retener el mejor talento, por lo que la Ley de Startups nos permitirá ponernos al nivel de Europa en cuanto a innovación y también generar una gran revolución del talento en España”.

Aquilino Peña, expresidente SpainCAP y cofundador de Kibo Ventures, también ha querido destacar las facilidades para la inversión que permite la nueva Ley de StartupsUna startup necesita de talento y capital para desarrollarse, por lo que celebramos que esta normativa beneficie la atracción de ambos factores”, afirma, añadiendo también que “la fiscalidad de esta ley va a ser muy positiva ya que fomenta la inversión de los ‘business angels’, al ser actores de vital importancia a la hora de arrancar una compañía”. Todo ello, según Peña, “va generar más capital más inteligente y más facilidad para financiar compañías en nuestro mercado”.

Junto con las ventajas fiscales, también son muy aplaudidas las medidas que facilitan la atracción de talento internacional. Nuestro objetivo es atraer talento de impacto y esta ley nos va a permitir hacerlo con herramientas que favorezcan a nuestras ciudades para competir en la atracción de ese talento”, declara Maite Barrera, presidenta de Barcelona Global.

Por último, y según la presidenta de Adigital y Co-CEO de K Fund Carina Szpilka, esta normativa también servirá para aumentar el impacto internacional de los proyectos y startups creadas en España. “La Ley de Startups es una oportunidad única para poner en valor la gran ventaja tecnológica que tenemos en España”, destaca Szpilka, añadiendo también que “esta normativa impulsará el impacto de un tejido de más de 400 scaleups españolas, que generan más de 670.000 puestos de trabajo, facturan 4.000 millones de euros y llevan la Marca España a más de 100 países”.

 

Comentarios