Pendiente de la aprobación definitiva que pondrá punto final al trámite parlamentario, se puede decir que el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como la Ley de Startups, está ya preparada para su publicación en el BOE y entrada en vigor.
Tras su aprobación en el Congreso de los Diputados el 3 de noviembre de 2022, el pasado 23 de noviembre, el Pleno del Senado ratificaba, con algunas modificaciones, el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. La Ley de Startups ha sido ya aprobada de manera definitiva en el Congreso que ahora tendrá que ser sancionado y promulgado por el Rey para que se publique posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La ley entrará en vigor al día siguiente de dicha publicación.
En
total han sido 72 las enmiendas presentadas en el proceso de tramitación que
han ido modificando el texto original. Sin poder descartar que vuelvan a
introducirse pequeños cambios, esto es todo lo que, como emprendedor, te
interesa saber de la Ley de Startups.
1.-Qué entiende la ley por una
startup
Uno de los principales escollos en el articulado de la ley fue definir el
concepto de startup que, en cualquier caso, debería ceñirse a algunos criterios
básicos: empresa innovadora de nueva creación y con un modelo de negocio
escalable. Luego ya, dependiendo de si lo que se quería impulsar era el
nacimiento de startups nuevas o el crecimiento de las ya establecidas, habría
que establecer los márgenes.
Requisitos
Al final parece que los legisladores que inclinaron por apoyar en las
primeras fases. Así, las startups a las que se dirige la ley son las
empresas emergentes, con una antigüedad máxima de
cinco años desde su constitución y de siete años en el caso del sector de
biotecnología, energía, industrial u otros según avance el estado de
la tecnología.
Otros requisitos que se establecen son:
Independencia: No haber surgido de una
operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan
consideración de empresas emergentes.
Sede Social: Deberán tener su sede social,
domicilio social o establecimiento permanente en España.
La plantilla: El 60% de la
plantilla deberá tener un contrato laboral en España. En las cooperativas se
computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje,
los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de
naturaleza societaria.
Carácter innovador: Desarrollar
un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio
escalable.
No estar cotizada: No cotizar
en un mercado regulado ni distribuir ni haber distribuido dividendos, o
retornos en el caso de cooperativas.
De base tecnológica. Se especifica
también que se entiende por empresa de base tecnológica aquella
cuya actividad requiere la generación o un uso intensivo de conocimiento
científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos,
procesos o servicios y para la canalización de las iniciativas de
investigación, desarrollo e innovación y la transferencia de sus
resultados.
Empresa emergente. Para la condición
de empresa emergente se considerará la inscripción de la organización en el
Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas competente.
Emprendedores en serie. En lo que
respecta a los emprendedores en serie, el texto inicial contemplaba la
posibilidad de que pudieran acogerse hasta tres veces a la ley si los
fundadores eran los mismos, un límite que al final ha sido eliminado a
propuesta del Senado por entender que las probabilidades de acierto de un
emprendedor en serie son mayores que de las de uno nuevo.
Respetuosas con el medio ambiente. Otra advertencia
interesante que hace la ley y que a veces pasa desapercibida es que la empresas
que ejerzan un daño significativo sobre el medio ambiente, quedarán excluidas
de estos beneficios.
2.-Qué
organismo decide si entras o no en los beneficios de la ley
Recae sobre la Empresa Nacional
de Innovación S.A. (Enisa) la responsabilidad de
certificar aquellas startups que se ajustan a la norma. Se trata de aprovechar
la experiencia que acumulan ya los técnicos de Enisa a la hora de valorar
empresas de carácter innovador en su misión principal correspondiente a la concesión
de préstamos participativos de apoyo a la pyme innovadora.
Enisa,
será pues, el organismo que se encargue de poner el ‘sello’ de startup para lo
que “dispondrá de los recursos necesarios para desplegar un procedimiento
sencillo, rápido y gratuito para el emprendedor”. Para evitar posibles cuellos
de botella, se concede a Enisa la opción de establecer acuerdos “con terceras
entidades colaboradoras, categoría en la que se encuentran las entidades de las
Comunidades Autónomas, para la realización de actividades relativas a la
tramitación, gestión documental, difusión y seguimiento de la solicitud
relativa a este procedimiento”.
Silencio administrativo positivo
Lo
de evitar posibles cuellos de botella es importante en este caso porque otra de
las cláusulas que establece la ley es el silencio administrativo positivo. Conforma
a este, Enisa dispondrá de un plazo de tres meses para
pronunciarse desde la fecha en que recibe la solicitud debidamente
cumplimentada para acogerse a los beneficios de esta ley. Si transcurrido ese
tiempo no se ha recibido respuesta, se entenderá que la resolución es
afirmativa.
No
obstante, recuerda José Bayón López,
Consejero Delegado de Enisa, que disponen de un periodo de seis meses para
adaptar la organización a esta nueva encomienda por lo que el efecto de la
aplicación del silencio administrativo no será inmediato.
Acotar el margen de subjetividad
Asimismo,
para evitar el margen a la subjetividad a la que se prestan conceptos como el
de modelo de negocio escalable y grado de innovación, Enisa colaborará con
otros Ministerios y organismos que acoten los criterios a aplicar. En
principio, la ley recoge una serie de criterios mínimos a tener en cuenta entre
los que se encuentran el gastos en I+D+i, la tracción generada en el mercado,
la facturación anual o el volumen de clientes o usuarios, entre otros.
Seguimiento
Una
vez obtenida la certificación de startup, se hará un seguimiento para ver si la
organización respondo y mantiene los requisitos que le reconocieron los
beneficios fiscales y sociales.
Quedarán
privadas de esta consideración aquellas empresas que no estén al corriente de
las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; las condenadas por
sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible,
delitos societarios o delitos de blanqueo de capital, entre otros; y aquellas
que hubiesen perdido la posibilidad de contratar con la Administración.
La
norma reconoce la capacidad de la Agencia
Tributaria para comprobar si se cumplen y mantienen
vigentes los requisitos necesarios para beneficiarse de los incentivos fiscales
y eleva el umbral de la penalización prevista para revertir estos beneficios
cuando haya una condena a uno de los socios, que solo se aplicaría si el
condenado cuenta con al menos un 5% del capital.
3.-Agilidad
administrativa
Ventanilla única para
emprender. La ley centraliza las gestiones administrativas
mediante una ventanilla única.
Tiempo de constitución. Si antes la
apertura de una empresa de nueva creación requería un tiempo medio de entre 10
y 15 días, ahora podrá hacerse en 6 horas si se usan estatutos tipo, en otros
casos será de hasta 5 días hábiles como máximo.
De forma telemática. La creación de
la empresa se hará a través de medios telemáticos, sin requerir de trámites
presenciales. Será suficiente con un solo paso a través del Documento Unico
Electrónico (DUE)
Pago de aranceles. Se establece la
gratuidad de aranceles en cuanto a notarios y registradores en: La constitución
de nuevas sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín
Oficial del Registro Mercantil (BORME).
Coste. Se podrá
montar una Sociedad Limitada al coste de 1€ cuando antes el mínimo para la
constitución eran 3.000€. Esta medida llega relacionada con la Ley Crea y
Crece.
Pactos de socios: Se procura que
los pactos de socios se puedan inscribir en el registro mercantil. Esta medida
dará mayor seguridad a los inversores que pasan a formar parte del
accionariado.
Startups de estudiantes. En este
sentido, se entienden las startups como herramienta pedagógica encaminada a
fomentar el espíritu emprendedor. Estas tendrán una duración limitada a un
curso escolar prorrogable a un máximo de dos cursos escolares. Se constituirá,
mediante el sistema del Centro de Información y Red de Creación de Empresas,
por la organización promotora del programa de estudios correspondiente, lo que
permitirá a la misma realizar transacciones económicas y monetarias, emitir
facturas y abrir cuentas bancarias.
Consideraciones de tipo
territorial. También a instancias del Senado se tratará de dar mayor peso
al emprendimiento en ciudades más allá de Madrid y Barcelona así como potenciar
el uso de innovaciones tecnológicas, bienes y servicios tecnológicos en las
zonas rurales y entornos menos poblados, haciendo un mayor hincapié en la
definición de “territorio rural inteligente”.
4.-Los
beneficios fiscales
Tributación de las empresas
emergentes. Se reduce el tipo impositivo en el impuesto de
sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% durante
el primer ejercicio con base imponible positiva y en los tres siguientes desde
su fecha de creación siempre que se mantenga la condición citada.
Aplazamiento de la tributación de
una empresa emergente. Se permite el aplazamiento de la deuda
tributaria del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No
Residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea
positiva, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses
respectivamente. Y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del
Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los
dos años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva.
El
ingreso de la deuda tributaria aplazada se efectuará en el plazo de un mes
desde el día siguiente al de vencimiento de cada uno de los plazos señalados,
sin que tenga lugar el devengo de intereses de demora.
Asimismo,
se eliminan durante tres años la doble cotización a la
Seguridad Social en el caso de pluriactividad para
autónomos, una opción que antes no existía.
5.-Captación y
fidelización del talento
La
ley introduce también una serie de medidas que favorecen a los trabajadores de
las startups al objeto de hacerlas atractivas para los profesionales.
Las
‘stock options‘
En
este apartado la medida estrella corresponde a las stock options.
Las opciones de compra de acciones, o stock options, sirven
a las startups como herramienta de pago inicial para la configuración de los
equipos y poder contratar así el talento que necesitan. La principal novedad es
que la ley eleva el importe de la exención de tributación de las opciones sobre
acciones de 12.000 euros, como ocurre con las empresas no
emergentes, a 50.000 euros anuales.
Otra
diferencia que se establece entre las empresas no emergentes y la emergentes,
que subraya Luis Ruano Marrón, CEO de Ricari, compañía de inversión
basada en La Rioja y director del equipo GEM La Rioja es que
mientras que en las primeras existe la obligación de repartir stock options
entre todos los empleados de la compañía, en las emergentes pueden asignarse a
discreción, es decir, solo a aquellos perfiles profesionales que la
organización considere de especial interés.
Asimismo,
en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones
derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones
de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada para
ejecutar un plan de retribución de hasta el 20% para su entrega a
administradores, empleados o colaborador. Se retrasa el pago fiscal hasta el
momento en que se produzca la venta de dichas participaciones o la sociedad
salga a bolsa.
Atraer
talento externo
La
Ley habla de los atractivos que ofrece España, como país, para atraer a talento
externo. Cita, entre otras bondades nacionales, el clima, la forma de vida, la
seguridad ciudadana y la gastronomía y cultura. Más allá de estos tópicos
se mencionan otros como que somos el primer país europeo en cuanto a despliegue
de fibra óptima, un interesante clúster de investigación y desarrollo
tecnológico o el nivel de las Universidades.
Como
medida práctica se potencian beneficios de la ley de startups a los nómadas digitales entendiendo por
ello emprendedores y profesionales que teletrabajan y deciden hacerlo en
nuestro país. Estos contarán con una
categoría de visado diseñado específicamente para ellos con
validez para un año. La ley favorece la obtención del visado y la residencia a
trabajadores altamente cualificados de startups así como a trabajadores
españoles no residentes durante al menos cinco años.
Con
el objetivo de repatriar talento tanto nacional como extranjero, se relajan los
requisitos generales para acceder a este régimen pasando de los 10 años que se
exigían antes a 5 años el requisito de no residencia previa en España.
Se
mejora también el tema de los visados y se facilita la autorización de
residencia para estudiantes universitarios, de FP en grado superior y escuelas
de negocio.
6.-Para impulsar la inversión
El
objetivo aquí es favorecer la fiscalidad de los inversores. Así la deducción por inversión en empresas de
nueva creación se incrementa del 30% actual al 50%. Así
mismo, la base sobre la cual se aplica aumenta de 60.000 € a 100.000 € siempre y cuando
los fondos propios de la compañía sean menos de 400.000 € y hasta un plazo de
entre 5 y 7 años para suscribir las acciones. “Esto hace pensar que va a
existir una mayor cantidad de business angels porque beneficia sustancialmente
su beneficio fiscal al respecto”, entiende Luis Ruano Marrón.
La
inversión extranjera
En
cuanto a la inversión extranjera, se reducen los requisitos burocráticos para
los inversores que no vayan a residir en España. Estos ya no estarán obligados
a obtener el Número de Identidad de Extranjero (NIE), facilitando la solicitud
electrónica del número de identificación fiscal (NIF), requisito imprescindible
para materializar y documentar la inversión.
Asimismo,
se favorece la equivalencia de los documentos emitidos en otros países. En
numerosas ocasiones, los inversores extranjeros actúan a través de un
representante.
También
se mejora lo que se conoce como el ‘carried interest’ (la participación en los beneficios) de
los gestoresde los vehículos de inversión reduciéndoselo al 50% del importe
La
equiparación a la tendencia de los países del entorno, con condiciones, del
sistema de retribución a gestores de fondos de inversión al completar una desinversión, con una reducción del 50% sobre
la renta del trabajo que iguala la fiscalidad a la renta del
ahorro.
7.-Revisión de la ley y seguimiento
En
este sentido se habla de crear un Foro Nacional de Empresas Emergentes con
participación de entidades públicas y privadas para la evaluación continua; la
creación de la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE) como punto de
información y la elaboración, por parte del Gobierno, de un informe anual sobre
la aplicación de la ley cuyos resultados se elevarán a las Cortes Generales y
encarga a la Autoridad Independientes de Responsabilidad Fiscal (AIReF)
elaborar un informe con todas las ayudas públicas disponibles para informar al
ecosistema emprendedor y evitar duplicidades.
Una ley muy celebrada
En
líneas generales, hay de decir que la Ley de Startups ha sido muy aplaudida por
el ecosistema emprendedor nacional hasta el extremo de celebrarla a través de
un vídeo conjunto en el que participan algunas de las figuras más relevantes
del emprendimiento.
María Benjumea, fundadora de South Summit ha calificado la
norma como “la ley de la innovación y del talento cualificado.
Es justo lo que necesitamos para responder al momento económico trepidante que
vivimos”. Además, Benjumea agradece
que esta ley sea “una ley de consenso que llevamos
trabajando todos los actores involucrados en el ecosistema emprendedor desde
hace mucho tiempo”.
“Debemos agradecer a todas
las fuerzas políticas haber trabajado hasta el último instante por tener la
mejor ley y por incorporar una figura tan importante como es en este momento el
emprendedor en serie”, finaliza Benjumea.
“Necesitábamos un marco
normativo que no solo nos equiparase con Europa, sino que nos pusiera en la
vanguardia de la innovación y de ahí la necesidad de esta ley”, afirma Carlos Mateo, presidente de la
Asociación Española de Startups, quien también asegura que la
nueva ley “permitirá a nuestras startups ser aún más competitivas
a la hora de atraer talento e inversión internacional”.
Javier Megías, vicepresidente de
Startup Valencia y EMEA Fund Managing Partner de Plug and Play, resalta, por
su parte, que “las stock options son
una de las mejores herramientas para retener el mejor talento, por lo que la
Ley de Startups nos permitirá ponernos al nivel de Europa en cuanto a
innovación y también generar una gran revolución del talento en España”.
Aquilino Peña, expresidente
SpainCAP y cofundador de Kibo Ventures, también ha querido
destacar las facilidades para la inversión que permite la nueva Ley de Startups. “Una startup necesita
de talento y capital para desarrollarse, por lo que celebramos que esta
normativa beneficie la atracción de ambos factores”, afirma, añadiendo también
que “la fiscalidad de esta ley va a ser muy positiva ya que fomenta la
inversión de los ‘business angels’, al ser actores de vital importancia a la
hora de arrancar una compañía”. Todo ello, según Peña, “va generar más capital
más inteligente y más facilidad para financiar compañías en nuestro mercado”.
Junto
con las ventajas fiscales, también son muy aplaudidas las medidas que facilitan
la atracción de talento internacional. “Nuestro objetivo es
atraer talento de impacto y esta ley nos va a permitir hacerlo con herramientas
que favorezcan a nuestras ciudades para competir en la atracción de ese talento”, declara Maite Barrera, presidenta de
Barcelona Global.
Por
último, y según la presidenta de Adigital y Co-CEO
de K Fund Carina Szpilka, esta normativa también servirá para
aumentar el impacto internacional de los proyectos y startups creadas en
España. “La Ley de Startups es una oportunidad única para poner en valor la
gran ventaja tecnológica que tenemos en España”, destaca Szpilka, añadiendo también que “esta normativa
impulsará el impacto de un tejido de más de 400 scaleups españolas, que generan
más de 670.000 puestos de trabajo, facturan 4.000 millones de euros y llevan la
Marca España a más de 100 países”.
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